

|
||
DE QUÉ NOS OCUPAMOS:De aquellas competencias que la Ley de Seguridad Privada atribuye a la Dirección General de la Guardia Civil que no estén encomendadas a otros órganos de la misma, y en particular de las siguientes: |
||
NORMATIVA DE APLICACIÓN |
||
|
|
||
EMBLEMA PROFESIONAL |
GUARDA DE CAZA |
GUARDAPESCA MARÍTIMO |