INTRODUCCIÓN | COMETIDOS | ORGANIZACIÓN | PERSONAL

 

AGRUPACIÓN RURAL DE SEGURIDAD (ARS.).

 

 

 

INTRODUCCIÓN.

La necesidad de disponer de Unidades especializadas en el desempeño de funciones como el restablecimiento del orden público, la protección y seguridad de altas personalidades o la colaboración con los servicios de Protección Civil en casos de grave riesgo, originó la creación de la Agrupación Rural de Seguridad en el año 1.988, actualmente regulada mediante la Orden General 10/2000 de 27 de Abril.

Así mismo, es la Orden del Ministerio de la Presidencia de 29 de Octubre de 2001, la que determina las funciones de las distintas Unidades y Servicios que integran la Dirección General de la Guardia Civil, y concretamente en su artículo 6, apartado 2 a, las correspondientes a la Agrupación Rural de Seguridad

De igual modo, la Orden General número 16/1.999, de 21 de Octubre, sobre "Regulación de las Especialidades en la Guardia Civil", además de definir las áreas de actividad que constituyen Especialidad, entre las que cita la de "Protección, Seguridad e Intervención", establece las bases para lograr su debida armonización, sin perjuicio de la regulación específica de cada una de ellas.

CONCEPTO.

La Agrupación Rural de Seguridad (ARS.) es la principal Unidad de reserva de la Dirección General de la Guardia Civil, cuya Jefatura depende del General Jefe de las Unidades Especiales y de Reserva, estando especialmente concebida, preparada y organizada para su empleo temporal en beneficio de la acción de otras Unidades.

COMETIDOS.

1. La Agrupación Rural de Seguridad tiene como misión específica la prevención, mantenimiento y, en su caso, restablecimiento de la seguridad pública, prestando colaboración en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.

2. Esta misión específica se desarrolla en los siguientes cometidos fundamentales:

- Garantizar el orden y la seguridad en grandes concentraciones de masas.

- Realizar o colaborar en la protección y seguridad de altas personalidades.

- Reforzar los servicios de las Unidades territoriales conforme a la doctrina de empleo propia.

ORGANIZACIÓN

Jefatura de la Agrupación Rural de Seguridad.

La constituyen el Mando y la Plana Mayor. El Mando es ejercido por un Coronel de la Guardia Civil, en situación de servicio activo, que estará auxiliado por una Plana Mayor, a cargo de un Comandante de la Guardia Civil en situación de servicio activo, cuya articulación, composición, cometidos, relaciones, dotaciones y empleos de personal se detallará en el Libro de Organización de la Jefatura de la Agrupación.

Grupo Rural de Seguridad (GRS.).

Es la Unidad fundamental de mando, planificación, ejecución y coordinación de los servicios para el cumplimiento de la misión específica asignada a la Agrupación. Su jefatura corresponde a un Comandante de la Guardia Civil en situación de servicio activo, a excepción del Grupo de Madrid que, por su entidad, la asume un Teniente Coronel.

Orgánicamente cada Grupo Rural de Seguridad se articula en Compañías que, a su vez encuadra Secciones orgánicas.

Operativamente, cada GRS. puede ser empleado en Compañías, Secciones o mediante su articulación en Unidades especializadas, a saber: Unidad Básica de Actuación (UBA.) o Módulo de Intervención Rápida (MIR.).

A) La Unidad Básica de Actuación (UBA.) es la Unidad fundamental de empleo para la ejecución de servicios de control de masas. Se compone de Mando y 3 Módulos de Intervención Rápida (MIR.), si bien es susceptible de incorporar o ceder un MIR., en función del servicio a prestar, dando lugar a una Unidad Básica de Actuación Reforzada (UBAR.) o una Unidad Básica de Actuación Disminuida (UBAD.), respectivamente. La UBAD. es la Unidad mínima de empleo en servicios de control de masas.

B) El Módulo de Intervención Rápido (MIR.) es la Unidad elemental de empleo para la ejecución de los restantes servicios prestados por la Agrupación.

Escuadrón de Caballería.

Es la Unidad montada especialmente preparada para el cumplimiento de los cometidos asignados a la Agrupación que se ajusten a sus peculiares medios y formas de acción. De igual modo, participará como Unidad de honores y protocolo en los actos de especial relevancia que le sean ordenados.

Al mando de un Comandante de la Guardia Civil, en situación de servicio activo, se articula orgánica y operativamente en Secciones y éstas, a su vez, en Escuadras.

La denominación y ubicación provincial

- GRS. núm. 1.- Madrid.

- GRS. núm. 2.- Sevilla.

- GRS. núm. 3.- Valencia.

- GRS. núm. 4.- Barcelona.

- GRS. núm. 5.- Zaragoza.

- GRS. núm. 6.- León.

- GRS. núm. 7.- Pontevedra.

- Escuadrón de Caballería.- Madrid.

RELACIONES Y DEPENDENCIAS.

1. Los Grupos Rurales de Seguridad tienen una dependencia orgánica, funcional y técnica de la Jefatura de la Agrupación Rural de Seguridad, que será la única facultada para asignarle misiones concretas. Las distintas ubicaciones de los Grupos obedece únicamente a criterios de rapidez y oportunidad de intervención.

2. Las peticiones de empleo de Unidades de la Agrupación serán cursadas por los Jefes de Comandancia a sus Jefes de Zona, quienes, de estimarlo procedente, lo solicitarán del General Jefe de las Unidades Especiales y de Reserva.

3. En casos de máxima urgencia, los Jefes de Comandancia podrán dirigirse directamente a la Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva, dando cuenta de dicha petición a su Jefatura de Zona.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO.

1. El empleo de las Unidades de la ARS. será acorde con la preparación especializada de sus componentes y conforme a la doctrina de empleo que figurará en el "Manual de la Agrupación Rural de Seguridad".

2. En la prestación de su servicio específico, las Unidades de la ARS. no encuadrarán efectivos de otras Unidades salvo para desempeñar cometidos específicos de apoyo técnico. Excepcionalmente, la Sección de Intervención Rápida (SIR.) o el Núcleo de Reserva de una Comandancia se pondrán bajo control operativo del Jefe de una Unidad de la ARS. previo requerimiento de éste y con autorización expresa del Jefe de la Comandancia.

3. Una vez asignado un servicio a una Unidad de la Agrupación Rural de Seguridad, corresponderá al Jefe de la Comandancia apoyada definir las condiciones generales del mismo, mientras que la modalidad de ejecución será competencia exclusiva del Mando de la Unidad que presta el apoyo.

4. Las Unidades de la ARS. basarán su actuación en los principios de máxima cooperación y colaboración recíproca con el resto de las Unidades del Cuerpo.

5. El Plan Específico de Instrucción, aprobado por el General Jefe de las Unidades Especiales y de Reserva, contemplará el Programa de Actividades Generales y el Plan de Adiestramiento Básico de Grupos y Escuadrón, así como la realización de Prácticas Intensivas, bien de Unidad (PIARS.) bien de Mandos (PIMARS.).

PERSONAL.

1. Las vacantes de especialista de la Agrupación Rural de Seguridad corresponden a la Especialidad Operativa de "Protección, Seguridad e Intervención".

Entre las vacantes de la Agrupación coexistirán las de especialista ARS. con otras cuya ocupación no requiera estar en posesión de esta especialidad.

Se podrán anunciar vacantes en las que se exijan otros cursos o conocimientos.

2. Para el acceso a la especialidad y la permanencia en estos destinos son requisitos imprescindibles:

- La posesión de la titulación habilitante.

- La acreditación permanente de la aptitud física, psíquica o técnica que, para cada puesto de servicio se determine.

En tanto las resoluciones de convocatoria de curso o de anuncio de vacantes no fijen otras limitaciones de edad y estatura, se establecen las siguientes para el primer destino a la Unidad:

- Suboficiales: No haber cumplido 38 años y sobrepasar 170 centímetros.

- Cabos y Guardias Civiles: No haber cumplido 30 años y sobrepasar 175 centímetros.

Estas limitaciones no serán aplicables al personal del Escuadrón de Caballería.

3. La titulación para el acceso a la especialidad será el Curso de Control de Masas o el Curso Ecuestre, que habilitan para prestar servicio en un Grupo Rural de Seguridad o en el Escuadrón de Caballería, respectivamente.

El sistema de acceso a los cursos será por concurso-oposición.

4. El personal especialista vendrá obligado a realizar cuántas actividades técnicas y pruebas físicas se determinen en el Plan Específico de Instrucción, previamente aprobado por la Jefatura de Unidades Especiales y de Reserva, así como superar los reconocimientos médicos y cursos o pruebas de actualización para los que sea convocado.

El procedimiento de acreditación de estas aptitudes será el que se detalle en el Manual de la Agrupación Rural de Seguridad.

5. La resolución de falta de idoneidad para el ejercicio de los cometidos propios de la especialidad, declarada como resultado de expediente instruido, supondrá la baja en la misma. Esta falta de idoneidad se basará en alguna de las siguientes causas:

- No superar los niveles mínimos exigibles para el desempeño de los cometidos propios del especialista. Dichos mínimos quedarán definidos en una Tabla de Aptitudes y Conocimientos que se incluirá en el Manual de la Agrupación.

- No resultar apto en la evaluación médico/psicológica específica.

- No superar los cursos o pruebas de actualización.

- No asistir, por segunda vez consecutiva, a las pruebas de acreditación del nivel físico, técnico o reconocimientos médicos para los que hubiere sido citado, cualquiera que fuere la causa.

- No poseer o negarse a obtener la titulación necesaria para la utilización de los medios de transporte o del material específico de la Agrupación.

En el Manual de la Agrupación se especificarán las circunstancias concretas que motivarán la pérdida de las citadas aptitudes, así como los órganos a los que corresponde la acreditación de cada una de las causas.

Con carácter general, los Cabos y Guardias causarán baja en la Unidad al cumplir los 40 años de edad y los Suboficiales los 45. Excepcionalmente, podrán permanecer cumplida esta edad a propuesta motivada del Jefe de la Unidad.

6. Salvo que la orden o resolución de convocatoria de un curso fijen un plazo distinto, el tiempo mínimo de permanencia en los puestos de servicio de la especialidad será de cinco (5) años, excepto para los empleos de Oficial que será de tres (3) años.

La Agrupación Rural de Seguridad estará dotada del material específico necesario para el cumplimiento de su misión.

DESPLIEGUE

La Agrupación Rural de Seguridad adecua su despliegue a las necesidades y demandas sociales y en función a las características y competencias que se le asigne según la legislación vigente.

En la actualidad los Grupos Rurales de Seguridad, están desplegados de forma que puedan actuar en base a criterios de rapidez y oportunidad en cuantas misiones se le asignen en cualquier punto del territorio nacional, si bien, se procurará que actúen preferentemente en la Zona Territorial de su ubicación. El Escuadrón de Caballería, actuará en todo el territorio nacional

 

UNIDAD

UBICACIÓN

ZONA DE ACCIÓN PREFERENTE

GRS. 1

MADRID

CA. Madrid, Ávila, Segovia, Guadalajara, C. Real,
Toledo, Cuenca, Cáceres y CA. de Canarias.

GRS. 2

SEVILLA

CA. Andalucía, CI. Ceuta, CI. Melilla y Badajoz

GRS. 3

VALENCIA

CA. Valencia, CA. Murcia, Albacete y CA. Baleares.

GRS. 4

BARCELONA

CA. Cataluña.

GRS. 5

ZARAGOZA

CA. Aragón, CA. Navarra, CA. La Rioja y Soria.

GRS. 6

LEÓN

CA. Asturias, CA. Cantabria, León, Zamora,
Salamanca, Valladolid, Palencia y Burgos.

GRS. 7

PONTEVEDRA

CA. Galicia.

ESCUADRÓN

MADRID

Ámbito nacional.

 

 

¿QUE SOMOS? > ORGANIZACIÓN > DIR. OPERATIVA > UNIDADES ESPECIALES

S. AEREO | A R S | S. CINOLÓGICO | S. MONTAÑA | SEPROSE| TEDAX| U A R| U E I

¿QUE SOMOS? > ORGANIZACIÓN > DIR. OPERATIVA > UNIDADES ESPECIALES

S. AEREO | A R S | S. CINOLÓGICO | S. MONTAÑA | SEPROSE| TEDAX| U A R| U E I
Emblema Guardia Civil
Búsqueda
Correo / Página Principal / Mapa Web / Galería

Saludo del Director General de la Guardia Civil.

Informacin sobre Qu es la Guardia Civil?, misiones, organizacin, acceso, etc.

La historia de la Guardia Civil y muestras de objetos utilizados desde su fundacin.

Personas buscadas por delitos comunes y de terrorismo.

Participacin de la Guardia Civil en misiones internacionales para el mantenimiento de la paz

Informacin sobre personas desaparecidas.

Direcciones y telfonos de Unidades de la Guardia Civil.

Consejos en cuestiones de seguridad, como actuar en la montaa, en el mar, circulando por carretera, etc.

Enlaces con otras pginas de inters en Internet

Direcciones de correo electronico para contactar con diversas unidades

Departamento de Delitos Telemticos

Normativa, escalas, academias, convocatrias, cuadro mdico de exclusiones

Libro de Firmas

Saludo
¿Qué somos?
Historia
Buscados
Coop. Internacional
Desaparecidos
Directorio Telefnico
Consejos Seguridad
Enlaces
Direcciones de Contacto
Delitos Telemticos
Ingreso y Formacin