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PLAN DE PREVENCIÓN
DE INCENDIOS FORESTALES 2005
CONSEJOS PARA LA PREVENCIÓN
DE INCENDIOS
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Medidas preventivas en
la quema de matorrales y pastos
- No realizar este tipo de quemas en las cercanías
de las superficies forestales y sin previa autorización.
- En
todo caso será preciso establecer un cortafuegos
perimetral, nunca inferior a 2 metros de anchura.
- Disponer
de personal suficiente, provisto de extintores o reservas
de agua para controlar que el fuego no salga de su área
establecida.
- Deberá prenderse
fuego en épocas que no exista peligro de propagación,
buscando días sin viento y humedad relativa alta
y siempre que se haya regado el cortafuegos perimetral.
- El
fuego se iniciará en las partes más
altas para que avance pendiente abajo, lo que facilita
su control.
- Deberá esperarse un retén en la zona para
asegurar que el fuego no se reavive.

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Medidas preventivas en la quema de residuos forestales
y despojos agrícolas
- Esta actividad necesita autorización previa
y debe realizarse en un claro del monte. Este claro se
limpiará de
vegetación en círculo cuyo perímetro
será recorrido
por una zanja.
- Los
materiales
a
quemar
se
apilarán
en el centro del claro.
- Será necesario un
punto de agua natural en las inmediaciones del claro
o en su defecto un depósito de agua, además
de los extintores para su distribución y una pala.
- La vigilancia
de la quema será cubierta al menos por una persona.
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Normas preventivas en explotaciones forestales
- Requiere la autorización previa para el almacenamiento
de material inflamable.
- No
deben
almacenarse
productos
en los caminos y cortafuegos.
- Las zonas de carga
y parques de clasificación deben estar limpios de vegetación,
al igual que la franja periférica de seguridad, que
deberá tener la anchura suficiente.
- Los productos
se apilarán en cargueros tomando la prevención
de distanciar suficientemente las pilas unas de otras.

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Normas preventivas en hogueras para comidas, calor y
luz
- Se
podrá efectuar cuando no esté expresamente
prohibido y en lugares acondicionados al efecto, a una
distancia suficiente de las superficies forestales y sin
autorización
previa.
- Debe
escogerse
una época en que
no haya peligro y un día sin viento con elevada
humedad relativa.
- Si no hay lugar al efecto
se hará el
fuego en un claro limpio de vegetación.
- El fuego
se conservará en pequeñas dimensiones
de forma que pueda ser controlado en todo momento.
- La pila
de leña almacenada se sitúa a contraviento.
- No
debe abandonarse el lugar de la hoguera hasta media hora
después de
haber extendido las brasas y haberlas cubierto con tierra o enfriado con agua.
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Normas preventivas para fumadores
- No fumar mientras se trabaja, se camina o se monta
a caballo por el monte.
- Aprovechar
para
fumar
un
descanso y procurar hacerlo en sitios limpios o sobre rocas,
nunca entre matorral o hierba.
- No arrojar colillas
ni cerillas encendidas y no apagarlas en troncos secos,
procurar hacerlo sobre piedras planas en claros del monte.

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Normas preventivas en viviendas rurales
- Se evitará que los techos estén sucios
y que las chimeneas tengan hollín, dotando a estas últimas
con matachispas.
- Las
estufas
se
colocarán
sobre materiales no peligrosos y separadas de las paredes.
Los contactos e intersecciones de los tubos de salida de
humo con paredes y techo se aislarán debidamente.
- Deberá existir una franja de una anchura suficiente
alrededor de la casa limpia de material inflamable.
- No disponer
de basureros incontrolados que puedan dar origen a una
combustión espontánea del material inflamable
que contienen.
- Los materiales inflamables deben
almacenarse en lugar seguro para que el sol no pueda
provocar su ignición.
- Debe evitarse arrojar las
cenizas en zonas peligrosas, debiendo recogerse en cubos
de metal.
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Normas preventivas para excursionistas y campistas
- Los excursionistas y campistas deberán tomar
las precauciones recogidas en apartados anteriores, sobre
fumadores y encendido de hogueras.
- Las
acampadas
que
se
realicen en zonas forestales, deberán ubicarse en las zonas destinadas
al efecto o en claros del monte, limpios de vegetación
leñosa.
- Cuando se utilicen elementos que
producen calor o luz por medio de gases o líquidos inflamables,
se cuidará de colgarlos en puntos que no ofrezcan peligro
o de apoyarlos sobre una base horizontal, debiendo dejar un
círculo desprovisto de vegetación para garantizar
completa inmunidad en caso de caída.
- En caso
de ausentarse del campamento se tomará la precaución
de dejar apagados todos los aparatos de luz o calor y cualquier
fogata.
- Los útiles y utensilios de cocina
que se aparten calientes de la llama, se enfriarán antes
de ponerlos en contacto con materias combustibles, manteniéndolos
sobre piedras.
- En todo momento se precisa una provisión
de agua y se recomienda disponer de extintores para prevenir
la posibilidad de un incendio.
- Las botellas y trozos
de vidrio que por refracción puedan originar un foco
de calor serán enterrados.

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| Medidas preventivas para otras actividades
Carboneras
- Se prohíben, sin la autorización correspondiente,
la utilización de carbón de leña en
las zonas forestales.
- Se emplazarán preferentemente
fuera del monte o en grandes claros del mismo. En estos claros
se eliminará totalmente la vegetación, cavándose
a su alrededor una zanja.
- Deberá montarse
vigilancia de una persona al menos por cada tres carboneras.
Equipos
Destiladores
- Se prohíbe
sin la autorización correspondiente las operaciones
de destilación de plantas aromáticas en
zonas forestales.
- Los alambiques, las calderas y los
condensadores deben quedar rodeados por una franja sin
vegetación
recorriendo el perímetro una zanja.
- El
material en espera de ser destilado se depositará en
otra parcela igualmente desprovista de vegetación.
 Cazadores
y Pescadores
- Sobre
la superficie ocupada por la masa forestal se prohíbe
el uso de cartuchos de caza provistos de tacos de papel.
- Se
deberán
respetar las medidas preventivas referentes a actividades
que puedan desarrollar los cazadores y pescadores durante
su estancia en zona forestal (fumar, encender fuego,...
).
Lanzamiento
de
cohetes,
globos
y
barrenos
- Se
prohíbe sin la autorización correspondiente,
el lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier
clase que contengan fuego, en zona de masa forestal.
- En
relación a los globos,
cuya ascensión
se produce al calentarse el aire interior por medio de sustancias
en ignición,
la dificultad de conocer su alcance, que puede variar mucho con las
características
de los materiales utilizados y con las condiciones atmosféricas,
hace que su uso resulte peligroso en comarcas forestales o en sus
proximidades, cuando la humedad relativa no sea lo suficientemente
alta para que los servicios forestales estimen nulo el riesgo de
incendio.
- El
empleo de barrenos en obras localizadas en montes o terrenos arbolados,
exige limpieza total de la vegetación
existente en el emplazamiento de la mecha. Se dispondrá asimismo
de extintores o reservas de agua que permitan actuar rápidamente
sobre cualquier foco que se produzca. Se utilizarán detonadores
eléctricos con
preferencia a los de mecha.
 Motores instalados en
el monte
- Se prohíbe sin la autorización correspondiente, la
utilización
de grupos electrógenos, motores, equipos eléctricos
o de explosión
y equipos de soldadura en zonas forestales.
- Cuando sea
necesario instalar motores en el monte, se emplazarán en algún
claro que previamente se haya limpiado, cavando "entre dos tierras" y
con extensión
suficiente para que una faja bordee los equipos mecánicos.
- Se
vigilará su funcionamiento y se cuidará de
que no existan fugas de combustible ni cortocircuitos.
- La
carga de combustible se hará en
frío en lugares alejados de focos de ignición. 5.
Los colectores de los escapes de motores de explosión
impedirán
la dispersión
de chispas e irán protegidos por una carcasa que
asegure su aislamiento en caso de calentamiento. 6.
El combustible de reserva debe ser almacenado en lugares
frescos, alejados y aislados.
Vehículos
- Se prohíbe sin la autorización correspondiente
el tránsito
por zonas declaradas por la Administración como
de "alto
peligro de incendios".
- Los vehículos
a motor que circulen por el monte han de estar dotados
de los dispositivos de seguridad necesarios para evitar
la proyección de partículas
incandescentes o el recalentamiento de elementos que puedan
ponerse en contacto con la vegetación.
- En especial
los tractores y camiones que trabajan en el monte deben
llevar un depósito de agua suficiente
y extintores.
Motosierras Los
usuarios de las motosierras cuando hayan de cargarlas
de combustible o arrancarlas tomarán las siguientes
precauciones:
- Localizar un espacio de terreno que deberán limpiar
de toda la vegetación
herbácea
y leñosa. En su interior llevarán a cabo
el llenado del tanque de combustible, una vez que el
motor se haya enfriado, si estaba caliente, durante
dos o tres minutos. Nunca se fumará mientras
se efectúa esta operación.
- No arrancar
el motor ni en el lugar en que se llenó el
tanque, ni antes de haber limpiado la máquina
de la gasolina derramada.
- Los conductos y conexiones
del combustible, los ajustes de bujías
y cables y la salida de gases, habrán de ser
periódicamente
revisados y limpiados.
- En todo momento se tendrá a
mano un extintor o recipiente lleno de agua y una pala.

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