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1. Prevención ante el robo.
2. Actuación en caso de ser víctima
de un robo.
3. Expolio arqueológico.
4. Falsificaciones.
5. Documentación necesaria para exportaciones.
1. Prevención
ante el robo.
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Conviene evitar que personas ajenas a su
círculo de amistades conozcan su colección de arte y
se aconseja desconfiar de los posibles compradores que estén
interesados en visitar el inmueble donde se guarden estas obras, ya
que esta información puede llegar a grupos de delincuentes.
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Para conseguir la recuperación de
una obra de arte o antigüedad robada es esencial disponer de
una FOTOGRAFÍA del objeto, ya que la sola descripción
no es suficiente para identificarlo con todas las garantías.
Por tanto, cualquier persona que sea propietaria de una pieza que
considere que tiene un cierto valor histórico, artístico
o pecuniario, debe tomar una fotografía del mismo y guardarlo
en un lugar seguro, para poder aportarlo a la denuncia en caso de
sustracción. También facilita la búsqueda si
se pueden facilitar las medidas, inscripciones y marcas que pudiera
tener el objeto para su identificación, características
que lo distinguen, tema que representa, fecha o período de
la pieza así como el Autor. Se aconseja rellenar la FICHA adjunta
y guardarla en lugar seguro, para su entrega a la policía en
caso de robo.
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Los ladrones suelen actuar en los sitios
menos protegidos. De ahí que
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Si es usted propietario de una vivienda
en la que no resida habitualmente y en la que conserve obras de
arte o antigüedades, es conveniente que las traslade a un
lugar seguro.
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Si es usted residente, aunque sea ocasional,
en una localidad en la que exista una iglesia o ermita con escasas
medidas de seguridad, donde se conserven bienes culturales de
gran valor artístico o histórico, en caso de observar
a alguna persona en actitud sospechosa merodeando por los alrededores
de estos lugares y en horas no habituales, avise inmediatamente
a la Guardia Civil y trate de tomar nota de la matrícula
del vehículo que utilicen los posibles delincuentes y de
los rasgos físicos de éstos.
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No adquiera obras de arte o antigüedades
a personas que no den las debidas garantías, ya que indirectamente
se puede estar fomentando el comercio ilícito de bienes
culturales robados. Es conveniente que las compras de esta clase
de objetos se realicen en establecimientos legales (comercios
de antigüedades, salas de subastas, ferias) y exigir siempre
una factura en la que figure una descripción de la obra
que se está adquiriendo, nombre y dirección del
vendedor, fecha y firma. Se debe sospechar de aquellas obras que
se ofrezcan a un precio anormalmente bajo.
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Si tiene sospechas que una obra de arte
que le estén ofreciendo puede ser procedente de robo, trate
de obtener cualquier información sobre el vendedor y comuniquelo
a la Guardia Civil
2. Actuación
en caso de ser víctima de un robo.
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Proteja la escena de los hechos y avise
lo antes posible a la Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía
o Policía Autonómica.
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Localice fotografías, descripciones,
facturas de compra o cualquier otro documento y entreguelos junto
con su denuncia.
Almacenamiento en la Base de Datos Informatizada
de Obras de Arte Robadas de la Guardia Civil.
Comunicación a Interpol (en determinadas circunstancias)
3. Expolio arqueológico.

4. Falsificaciones.
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En el mercado de obras de arte y antigüedades
existen numerosas falsificaciones que, con frecuencia, van acompañadas
de un certificado de autenticidad falso. Por este motivo, cuando decida
comprar un bien cultural y dude de su autenticidad, lo conveniente
es asesorarse de un especialista que debe ser elegido por usted mismo
y no por el vendedor.

5. Documentación
necesaria para exportaciones.
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Para cualquier salida del territorio nacional
(inclusive aunque el destino sea un país de la Unión
Europea) de bienes que tenga más de cien años de antigüedad
y que tengan valor histórico, artístico, paleontológico,
arqueológico, etnográfico, científico o técnico
se necesita Autorización expedida por el Director General de
Bellas Artes y Bienes Culturales, una vez la solicitud ha sido informada
favorablemente por la Junta de Calificación, Valoración
y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español.
La no tenencia de la citada Autorización conllevaría
el decomiso de los bienes, e incurrir en una infracción o delito
de contrabando.

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