CONSEJO ASESOR DE PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

 
Presentación
Introducción
¿Qué es el Consejo Asesor?
Normativa
Composición del Consejo Asesor
Calendario
Garantias del procedimiento
Procedimiento de Voto
Adscripción Unidades para votación
Puntos votación habilitados
Candidatos por Unidad de Adscripción
Información
Última Hora
Elecciones CAP 2006 
 
 
Firma electrónica en la Guardia Civil

   

INTRODUCCIÓN

 

     La Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil creó el Consejo Asesor de Personal de dicho Cuerpo, y en su artículo 92 remitía a un posterior desarrollo reglamentario la regulación de su composición, funcionamiento y el procedimiento de elección de sus miembros.

     Este desarrollo reglamentario ha sido realizado por el Real Decreto 4/2002, de 11 de enero, cuya disposición adicional segunda encomienda al Director General de la Guardia Civil, la determinación de los aspectos instrumentales del proceso de elección de los miembros del citado Consejo.

     Para cumplir este mandato, en la Resolución de 10 de febrero de 2006, por la que se convocan elecciones para el Consejo Asesor de Personal de la Guardia Civil. se establecen las fechas y plazos de la convocatoria de elecciones, se determina el número de compromisarios y de vocales, la publicación de las listas de electores y elegibles, el proceso de votación, escrutinio, impugnaciones y acreditaciones a emplear.

     El proceso de elección que se regula pretende agilizar los aspectos instrumentales del mismo, procurando compatibilizar los derechos de los electores y elegibles con el plazo de seis meses establecido en la disposición adicional tercera del indicado Real Decreto 4/2002, de 11 de enero. Para ello, se establece un procedimiento electrónico de votación que cumple las necesarias garantías de confidencialidad en la votación, de integridad y seguridad del contenido, de facilidad en el ejercicio del derecho al voto sin que se perjudiquen las necesidades del servicio, y de rapidez en el conocimiento de los resultados del proceso, incluyendo medidas de voto por correo para quienes, por encontrarse destinados o en comisión de servicio en el extranjero u otras causas justificadas, no puedan ejercer personalmente su derecho por el procedimiento general.


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